INTEGRACIÓN DEL RÉGIMEN
ESPECIAL AGRARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL REGIMEN GENERAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
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Se
equiparan las prestaciones de los trabajadores agrarios con el resto de los
trabajadores por cuenta ajena.
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Se
trata de una reivindicación histórica por parte de todos, sindicatos,
trabajadores…
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Se
establece un periodo transitorio de 20 años.
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La
integración comenzará a partir del 1 de enero de 2012.
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Ahora la pensión media de jubilación en
el Régimen General es de 1130´33 €
- En el Régimen Agrario es: 580´87 €
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La pensión media por
incapacidad permanente en el Régimen General: 958´13
€
- En el Agrario: 500´27 €
En cuanto a cotización:
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Base media del Régimen General: 1.700 €
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Base media en REASS: 1395
€
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La
regulación del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social
( REASS) se ha quedado obsoleto, data de 1971.
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La
integración en el Régimen General conllevará cambios en las prestaciones que
los trabajadores recibirán, en las cotizaciones… Siempre en su beneficio.
El Proyecto de ley:
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Se
integrarán los trabajadores por cuenta ajena del Régimen Agrario y los
empresarios a los que prestan sus servicios. Están incluidas las labores
agrarios, forestales o pecuarias o sean complementarias o auxiliares de las
mismas explotaciones agrarias.
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Los
trabajadores estarán incluidos tanto durante los períodos en que efectúen
labores agrarias como durante los de inactividad y siempre que realicen un
mínimo de 30 jornadas reales en un período continuado de 365 días.
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Se
cotizará conforme a los salarios abonados.
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Se
distingue entre períodos de actividad y de inactividad:
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En
los de actividad, la cotización se determinará igual que en Régimen General
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En
los de inactividad: los trabajadores cotizarán por la base mínima del grupo 7
(el grupo más bajo de cotización mensual)
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Se
considera como período de inactividad dentro de un mes natural: que las
jornadas reales realizadas estén por debajo del 76´67 %
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Será
posible que los trabajadores agrarios por cuenta ajena contratados a tiempo
parcial, coticen de forma proporcional a la jornada que realicen
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Tendrán los mismos derechos que tiene
hoy cualquier trabajador del Régimen General: incapacidad temporal o permanente, maternidad,
jubilación… mejorando las prestaciones que tienen ahora.
1 comentario:
ya era hora!!!
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